sábado, 12 de noviembre de 2011

Licencia de funcionamiento

La licencia de funcionamiento es el documento que permite a un comerciante ejercer el comercio de acuerdo con las normas del municipio. Cada municipio tiene facultades (Acuerdo No. 42 del 31 de agosto de 1984) para determinar los trámites y requisitos que puede exigir para otorgar la licencia de funcionamiento en su jurisdicción municipal.

Los comerciantes legalmente establecidos, o sea matriculados en la Cámara de Comercio, deben adquirir la licencia de funcionamiento a través de la Alcaldía Municipal. Para obtener la licencia de funcionamiento, los comerciantes deben presentar los siguientes documentos, expedidos por la entidad correspondiente al domicilio de la empresa:

·         Copia del Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio.
·         Paz y salvo de la Tesorería Municipal por el pago de impuestos de industria y comercio.
·         Patente de sanidad expedida por el Servicio de Salud Pública.
·   Certificado del Cuerpo de Bomberos y Certificados expedidos por las Oficinas de Planeación Municipal y de Obras Públicas, de acuerdo con la actividad u objeto social del comerciante. Paz y salvo de Sayco y Acinpro.

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